03/09/2026 16:12
Eduardo Castex 19°
Titulares
Jordi Morera, panadero: “La masa madre no es una moda, es la manera que hemos comido pan toda la historia” José, capitán de barco: "Llevo seis años viviendo en una furgoneta. Tengo buenos ingresos, pero no puedo permitirme el alquiler de una vivienda, que ronda los 2.500 euros al mes" Soledad Fandiño se quebró al hablar del estrés que atraviesa tras su cáncer de mama: “Me da culpa” Qué significa encontrar una moneda en la puerta del auto y por qué es importante saber qué hacer Es oficial: ICE confirmó que deportó a un presunto agente de inteligencia del régimen cubano capturado por el FBI que vivió durante años en el sur de Florida La Corte dejó firme la condena al ex gobernador K Sergio Urribarri y piden que vaya a la cárcel a cumplir sus 8 años de prisión Juraron los nuevos jueces de la Cámara Federal, un tribunal clave para Milei que se reconfigura Angelito, el último guardián de la neblina, 75 años: "Vivo solo desde hace 23 años a 3 mil metros de altura en una casa de paja y lodo" Jordi Morera, panadero: “La masa madre no es una moda, es la manera que hemos comido pan toda la historia” José, capitán de barco: "Llevo seis años viviendo en una furgoneta. Tengo buenos ingresos, pero no puedo permitirme el alquiler de una vivienda, que ronda los 2.500 euros al mes" Soledad Fandiño se quebró al hablar del estrés que atraviesa tras su cáncer de mama: “Me da culpa” Qué significa encontrar una moneda en la puerta del auto y por qué es importante saber qué hacer Es oficial: ICE confirmó que deportó a un presunto agente de inteligencia del régimen cubano capturado por el FBI que vivió durante años en el sur de Florida La Corte dejó firme la condena al ex gobernador K Sergio Urribarri y piden que vaya a la cárcel a cumplir sus 8 años de prisión Juraron los nuevos jueces de la Cámara Federal, un tribunal clave para Milei que se reconfigura Angelito, el último guardián de la neblina, 75 años: "Vivo solo desde hace 23 años a 3 mil metros de altura en una casa de paja y lodo"
Impacto Castex
NACIONALES

La Justicia anuló el "bozal legal" de Tapia y Toviggino a periodistas y dirigentes políticos

La Justicia anuló el "bozal legal" de Tapia y Toviggino a periodistas y dirigentes políticos

Les prohibía acercarse y tomar contacto con los dirigentes de la AFA. La Cámara Penal de San Isidro anuló el fallo porque atenta contra la libertad de expresión

La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de San Isidro revocó el fallo que le había impuesto un "bozal legal" a periodistas y dirigentes de la Coalición Cívica para que no hablen del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia, y del tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.

La medida había sido impuesta por el juez de Garantías de Pilar Walter Saettone a pedido de Tapia contra los periodistas Nicolas Pizzi, Federico Teijeiro, Bruno Yacono, Luis Gasulla y Mariano Roa que publicaron notas sobre las causas judiciales de la AFA y contra los dirigentes Leandro Camani, Matías Yofe y Facundo Del Gaiso, quienes presentaron denuncias penales, entre ellas la de la mansión de Pilar.

El bozal implicó la prohibición de contacto con Tapia y Toviggino y su grupo familiar por cualquier medio, la prohibición de acercamiento a ellos y "a los lugares donde desarrolle sus actividades habituales, en un radio de 500 metros" y abstenerse "de realizar conductas que impliquen la captación, reproducción o exposición de datos personales, imágenes o información del ámbito privado o familiar del denunciante, no quedando alcanzadas por la presente aquellas manifestaciones o referencias vinculadas a su actuación pública o a asuntos de interés general, en tanto no impliquen contacto directo o indirecto con el mismo ni la difusión de datos personales".

Revocaron el bozal legal de Claudio "Chiqui" Tapia y Pablo Toviggino

El fallo fue apelado por los periodistas y los jueces de la Cámara Gustavo Herbel, Luis Cayuela y Carlos Blanco aceptaron sus planteos.

En su voto, el juez Herber sostuvo que a los periodistas "no se les ha limitado su actividad periodística únicamente respecto de la vida privada y familiar de Tapia y Toviggino" sino que las restricciones impactan en su profesión.

El magistrado sostuvo que la prohibición de contacto con los dirigentes del fútbol "no sólo abarcaría el contacto directo con los nombrados, sino también cualquier contacto que tenga a ellos como tema o referencia" y que incluye a los lugares donde Tapia y Toviggino desarrollen sus actividades habituales. El juez resaltó que eso incluye la AFA.

"Los afectados incluso no podrían concurrir al Palacio de Justicia de CABA ubicado en la calle Talcahuano 550 (cerca de la sede de AFA de la calle Viamonte 1366)", puso como ejemplo.

La mansión de Pilar que investiga la justicia

Sobre la prohibición de publicar datos personales, Herber señaló que "la prohibición de su uso determinaría una obstante que restringe la actividad periodística, instrumento sustancial del derecho a la información y, por tanto, al control de la actividad desarrollada por personas relevantes en el quehacer público del ámbito nacional, esencial para cualquier sistema democrático".

En esa línea, el magistrado señaló que las medidas "restringen su libertad de expresión -que comprende investigar y comunicar- en asuntos de posible interés público, condicionando el ejercicio lícito de su actividad periodística".

"Es tan perniciosa la censura previa -prohibida expresamente por la Constitución Nacional (art. 14)-, como el establecer restricciones que impliquen autocensura para evitar sanciones, cuestión que no resulta subsanable con la eventual autorización judicial de la información publicada; en rigor, el sistema es el inverso: existe libertad de expresión y protección de la investigación periodística, y cuando su publicación resulte lesiva, será materia de denuncia judicial y eventual punición", concluyó.

Por su parte, los jueces Cayuela y Blanco revocaron las medidas de prohibición pero por otro argumento. Señalaron que el magistrado de primera instancia tomó una medida sin tener competencia para eso.

"En el caso bajo examen, las decisiones aquí cuestionadas no encuentran sustento competencial en ninguno de los supuestos contemplados por el artículo 23, ni tampoco se advierte una disposición del Código Procesal Penal que, por vía del inciso 9, habilite al Juez de Garantías a adoptarlas u otra ley complementaria", sostuvieron.

Comentarios

Debes iniciar sesion o registrarte con una cuenta de lector para comentar.

Todavia no hay comentarios aprobados.